En atención a las dudas sobre la vigencia y otros aspectos del Certificado de Autenticidad, hacemos de su conocimiento el Reglamento emitido por el Instituto de Previsión Social del Profesional del Derecho, como dueño del mismo. Este reglamento es aplicable desde el año 2015 y en su artículo 27 establece la perpetuidad del Certificado una vez que ha sido utilizado dentro del período de vigencia.